Art. Disposición final segunda
En vigor desde 16 jun 2026
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», siendo de aplicación directamente y completando, por tanto, las previsiones que al respecto tenga el planeamiento urbanístico vigente en los términos establecidos en la misma.
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Proeli/es-md/l/2026/06/11/2#disposicion-final-segunda