Art. Tercero

En vigor desde 22 sept 2026
La duración de la jornada de trabajo de los letrados de la Administración de Justicia será de treinta y cinco horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a 1.512 horas anuales.
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eli/es/res/2026/09/17/(1)#tercero

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