Art. Disposición transitoria vigesimoprimera
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Art. Disposición transitoria vigesimoprimera

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En vigor desde 17 jul 2021
El régimen de devengo de intereses establecido en el apartado noveno del artículo 110 de este texto refundido será aplicable a los expedientes que se encuentren en tramitación a 1 de enero de 2020.

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DOGV-r-2021-90283#disposicion-transitoria-vigesimoprimera