Art. Disposición adicional vigesimotercera
Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional vigesimotercera

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En vigor desde 3 oct 2026
La presente ley hace un reconocimiento especial a los municipios de Cerdanyola del Vallès, Ripollet y Badia del Vallès (Vallès Occidental), cuya ciudadanía ha sido especialmente afectada por los efectos negativos del amianto por la presencia durante noventa años de la industria de Uralita en estos municipios y de elementos con amianto en casi todos los inmuebles debido a los materiales utilizados en el momento de la construcción. Los municipios de Cerdanyola del Vallès, Ripollet y Badia del Vallès deben recibir un reconocimiento proporcional al grado de afectación por el amianto y deben declararse territorios y poblaciones especialmente afectados por el amianto. Los poderes públicos deben tener en cuenta esta circunstancia a la hora de priorizar las actuaciones de erradicación del amianto y de efectuar el reconocimiento a las víctimas.
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eli/es-ct/l/2026/07/02/8#disposicion-adicional-vigesimotercera