Art. 1
1 / 7En vigor desde 2 ene 2027
El objeto de esta orden es determinar la tipología de los fondos de pensiones para su clasificación en función de su política de inversión, conforme a la habilitación prevista en el artículo 69.10 del Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004 de 20 febrero.
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Proeli/es/o/2026/09/09/ecm973#art-1