Art. 11
Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª De la Presidencia de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, A.A.I.

Art. 11

28 / 55
En vigor desde 26 jul 2026
La Presidencia de la Autoridad podrá delegar sus competencias en los órganos directivos, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias a las que se refieren las letras e), f), i), v) y w) del artículo 10. Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 226, de 12 de septiembre de 2026. Ref. BOE-A-2026-19049
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2026/07/22/606#art-11