Art. Primero

Art. Primero

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En vigor desde 22 sept 2026
La presente resolución será de aplicación al personal al servicio de la Administración de Justicia que se regula en el artículo 470 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
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eli/es/res/2026/09/15/(1)#primero