Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II

Art. 16

En vigor desde 3 oct 2026
El sistema sanitario público de Cataluña debe tener una dotación de recursos humanos, económicos y materiales, incluyendo los tecnológicos, que sea suficiente y adecuada para garantizar la atención de las necesidades de la población afectada por la exposición a materiales que contienen amianto.
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eli/es-ct/l/2026/07/02/8#art-16

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